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lunes, 26 de julio de 2010

Los litigios en empresas familiares. Prevención y solución

Se puede entender por empresa familiar aquella en la que el capital social se halla en manos, en todo o en parte, de parientes consanguíneos o afines entre sí. Uno de los campos en los que mayor crecimiento de litigios se han observado en los últimos años es el que se produce en el seno de este tipo de empresas, siendo sus consecuencias muy perjudiciales, sobre todo si se prolongan en el tiempo.
El origen de este tipo de conflictos con frecuencia no viene motivado por divergencias en la gestión de la empresa. Aunque las discrepancias se plasman y exteriorizan en cuestiones societarias -como cuándo y quién debe suplir al fundador del negocio empresarial y cómo debe repartirse el poder – casi siempre hay detrás problemas e intereses de carácter familiar que acaban trasladándose a la sociedad y a sus órganos de administración.
El efecto sobre la sociedad es, en ocasiones, muy dañino. En una empresa cuyos socios mantengan divergencias permanentes -sobre cuál debe ser la orientación de los negocios de la sociedad y/o sobre quién deba ejercer el poder- llevadas hasta sus últimas consecuencias con la interposición de litigios, tales divergencias acabarán siendo conocidas por proveedores, clientes y entidades financieras, afectando así a la imagen y credibilidad de la sociedad. Por otro lado, el desacuerdo familiar y social sobre la llevanza del negocio y la sucesión empresarial es fuente futura de nuevos conflictos y litigios.
La evitación o, en su caso, solución rápida y eficaz de este tipo de litigio, cada vez más común, no es tarea fácil. Exige que se dejen de lado los intereses personales y familiares y se antepongan los estrictamente empresariales, mediante la búsqueda de soluciones consensuadas sobre la gestión de la empresa familiar.
Sin duda, puede contribuir a evitar este tipo de conflictos la aprobación por los socios de un protocolo familiar mediante el que se regule la comunicación y las vías de consenso para la toma de decisiones, la relación entre los socios familiares y la sociedad, la forma de resolver los conflictos, la sucesión empresarial, y, en definitiva cualquier cuestión que pueda suscitar diferencias entre los socios/familiares. Sólo con una adecuada regulación de la relación entre la familia y la sociedad, será posible conseguir la finalidad de preservar la paz social y la empresa para generaciones venideras.
Es importante que este tipo de protocolos familiares no se limiten a fijar obligaciones de contenido moral sino que tengan un verdadero contenido normativo, obligando a las partes a cumplir lo en ellos pactado. También es conveniente que dichos protocolos familiares aboguen por la profesionalización de la gestión, para que las discusiones en los órganos de dirección se limiten a las cuestiones estrictamente empresariales.
En cuanto a los métodos de prevención y solución de este tipo de litigios es aconsejable evitar el recurso a la jurisdicción en la que, desgraciadamente, los asuntos litigiosos parecen eternizarse y enquistarse. Además del indudable beneficio que supone recurrir al arbitraje, también la mediación civil puede cumplir una función importante. La mediación, por tratarse de un procedimiento de negociación dirigido por un tercero sin interés alguno en la controversia y que puede adaptarse a las necesidades de las partes, es un medio que se ha mostrado especialmente adecuado para resolver disputas que se generan entre particulares con un vínculo familiar.
Durante el proceso de mediación, el mediador desde una posición de imparcialidad, tratará de suprimir las circunstancias subjetivas (rencillas, falta de empatía personal, etc.) que impiden la consecución de un acuerdo, fomentando la identificación de los intereses comunes y creando un clima adecuado para el entendimiento y el consenso.
Los métodos extrajudiciales de solución de conflictos como el arbitraje y la mediación pueden evitar que tales conflictos se prolonguen en el tiempo y acaben repercutiendo en la marcha de las empresas de índole familiar.

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